Petición n.º 0249/2021, presentada por Juan Ignacio Navas Marqués, de nacionalidad española, en nombre de la Asociación Unión Médica Profesional, sobre el incumplimiento por parte de España y la Comisión Europea de la Directiva (UE) 2016/97 sobre la distribución de seguros

1222 Adhesiones
Estado: Cerrada

Datos de la petición

0249/2021
Título del resumen: Petición n.º 0249/2021, presentada por Juan Ignacio Navas Marqués, de nacionalidad española, en nombre de la Asociación Unión Médica Profesional, sobre el incumplimiento por parte de España y la Comisión Europea de la Directiva (UE) 2016/97 sobre la distribución de seguros
Número de petición: 0249/2021
Ámbitos: Competencia,  Mercado interior
País: España
Nombre de la asociación: ASOCIACIÓN UNIÓN MÉDICA PROFESIONAL

Datos del peticionario

Nombre: Juan Ignacio Navas Marqués

Resumen de la petición

El peticionario considera que, a pesar de que el artículo 17, apartado 3, de la Directiva (UE) 2016/97 sobre la distribución de seguros se ha transpuesto a la legislación española y su texto se transcribe íntegramente en el artículo 17, apartado 3, del Real Decreto Ley n.º 3/2020, su interpretación teleológica es que las aseguradoras no evalúan el desempeño de sus médicos, lo que genera conflictos con el bienestar superior de los pacientes. El peticionario considera que esta legislación está sujeta a múltiples infracciones. Señala que las compañías de seguros españolas imponen sus honorarios a los profesionales médicos privados mediante la determinación unilateral de una escala de tarifas, sin permitir las propuestas de los médicos al respecto. En caso de proponer sus tarifas, corren el riesgo de ser expulsados del personal médico de la empresa o empresas a las que se encuentren adscritos. Del mismo modo, el peticionario señala que los nuevos modelos de práctica privada están afectando a la calidad de la asistencia médica prestada a los pacientes, como consecuencia de las condiciones impuestas a los médicos por las compañías de seguros y los grupos hospitalarios. El peticionario se queja de que los grupos hospitalarios y las compañías de seguros imponen unilateralmente condiciones contractuales a los médicos independientes y, en consecuencia, vulneran el derecho de los pacientes a elegir libremente a sus médicos, ya que impiden a los asegurados acceder a los médicos que prestan servicios de la más alta calidad porque esta opción no les conviene por razones puramente económicas. El peticionario formula una serie de preguntas sobre posibles infracciones de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea: por ejemplo, si las autoridades públicas consienten la restricción de la libertad profesional y del derecho a trabajar en el sector sanitario privado en España; si a los médicos independientes privados españoles se les limita en su libertad de contratación después de que se les prive del derecho a la libre elección de proveedores y clientes, así como de la libertad de fijar el precio de sus servicios; si las medidas adoptadas por las compañías de seguros y los grupos hospitalarios constituyen un abuso de derechos; si las compañías aseguradoras y la dirección de los grupos hospitalarios solo velan por intereses puramente económicos, socavando la salud pública al obligar a los médicos a someterse a sus condiciones, en detrimento del bienestar general de sus pacientes, entre otras cosas.