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Subvenciones para financiar proyectos empresariales de inversión cofinanciados con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2022

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3373
  • SIA: 2929746
  • BDNS (Identificador): 656179

Fecha de publicación:

2 de noviembre de 2022

Objeto:

Convocatoria para la concesión de subvenciones, en concurrencia no competitiva, destinadas a financiar los proyectos empresariales de inversión, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, así como las disposiciones específicas que la regulan en régimen de concurrencia no competitiva, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), con el fin de promover la creación de empresas y el desarrollo de la competitividad y la consolidación del tejido empresarial de las empresas existentes, mediante el fomento de la inversión, así como la creación de empleo vinculado a la misma y/o el mantenimiento de puestos de trabajo.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto en el “Boletín Oficial de Castilla y León” (3 de noviembre de 2022), y finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma. Las solicitudes presentadas fuera de plazo se declararán no admitidas mediante resolución expresa de la Presidencia del Instituto.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico

¿Quién lo puede solicitar?

Autónomos y PYMES que realicen proyectos de inversión subvencionables en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos y a las actividades indicadas.

¿Para qué es la ayuda?:

Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones iniciales en activos materiales e inmateriales que consistan en:

a) La creación de un nuevo establecimiento.

b) La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.

c) La diversificación de la producción de un establecimiento hacia productos o servicios que anteriormente no se producían o prestaban en el establecimiento, o la diversificación de la actividad de un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada anteriormente en el establecimiento.

d) La transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente.

e) La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que haya cerrado o que habría cerrado si no hubiera sido adquirido, y que es comprado por un inversor no vinculado con el vendedor. La mera adquisición de las acciones de una empresa no se considera inversión inicial.

Cuantía mínima del proyecto 30.000 € y máxima de 1.500.000€.

Cuantía:

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje en función de los costes del proyecto de inversión y los criterios de valoración establecidos.
  • Porcentaje máximo de ayuda del 35%, excepto en Soria y Zamora que podrá llegar al 40% y Salamanca que podrá llegar al 45%.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (107 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Instituto para la Competitividad Empresarial

Órgano que resuelve:

Instituto para la Competitividad Empresarial

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico del Instituto. El vencimiento del mencionado plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender desestimada la solicitud de ayuda.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Contencioso-administrativo
    • Reposición

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Información adicional:

    Compatibilidad

    Todas las subvenciones podrán ser compatibles con cualesquiera otras de la misma naturaleza siempre que, de forma acumulada, no sobrepasen los topes establecidos en los distintos regímenes de ayudas.

    Para determinar si se respetan las intensidades máximas de ayuda establecidas en el mapa de ayudas regionales que esté en vigor en el momento en que se conceda la ayuda, habrá que tener en cuenta el importe total de las ayudas estatales concedidas al proyecto.

    Las ayudas con costes identificables podrán acumularse con:

    1. cualquier otra ayuda estatal, siempre que dichas ayudas se refieran a costes subvencionables identificables diferentes;
    2. cualquier otra ayuda estatal, correspondiente -parcial o totalmente- a los mismos costes subvencionables, únicamente si tal acumulación no supera la intensidad de ayuda o el importe de ayuda más elevado aplicable a dicha ayuda, en virtud del Reglamento de exención.

    Estas ayudas estatales no se acumularán con ayudas de minimis relativas a los mismos costes subvencionables si tal acumulación da lugar a una intensidad de ayuda superior a la establecida en el mapa de ayudas de finalidad regional vigente.

    Asimismo, las convocatorias podrán establecer incompatibilidades con otras ayudas o subvenciones dirigidas a los mismos gastos subvencionados.

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.

     

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