* Sentencia explica que debe pesar más el interés colectivo que el particular del magistrado administrativo.
El Segundo Tribunal Colegiado con oficinas en Tepic resolvió negar una suspensión definitiva a Raymundo García Chávez, magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA), por lo que el Congreso del Estado ya podrá resolver si le retira el fuero, como solicitó la Fiscalía General del Estado (FGE) para llevarlo a juicio por su probable responsabilidad en diversos delitos.
“Mundito”, como es conocido, detuvo el asunto en la Cámara de Diputados gracias a una suspensión definitiva que en septiembre del 2019 le ofreció el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Civil y Administrativo, en el expediente 2139/2019.
Frente a ello, el diputado Leopoldo Domínguez González, entonces presidente de la Comisión de Gobierno Legislativo, interpuso un recurso de revisión que recayó en el Segundo Tribunal con el número 808/2019, y cuya sesión fue celebrada el pasado ocho de abril.
Se explica en el fallo:
El “asunto versa sobre un procedimiento de declaración de procedencia (desafuero) sobre el cual es improcedente conceder la suspensión definitiva, por lo que debe pesar más el interés colectivo que el particular del quejoso...”
En el mismo sentido, agrega que la suspensión definitiva “irrogaría perjuicio al interés social al permitir que la inmunidad o protección constitucional sirva para que los delitos puedan quedar impunes, lo que evidentemente va contra el interés de la colectividad.”
Y sigue diciendo:
“En efecto, este Tribunal Colegiado considera que el Juzgado de Distrito debió negar la suspensión definitiva respecto del acto reclamado (…), ya que contrario a lo afirmado en la resolución recurrida con el otorgamiento de la suspensión sí se afecta el interés social y se contravienen disposiciones de orden público.”
“…en ese orden de ideas, debe modificarse la resolución recurrida en la parte donde se concedió la suspensión definitiva solicitada y en su lugar negarla al ser legalmente incorrecto que se estableciera la paralización del procedimiento de declaración de procedencia.”
En otras partes del amplio análisis, se insiste:
“…se estima que debe negarse la suspensión definitiva, pues su concesión implica suspender el procedimiento de declaración de procedencia en cuya prosecución está interesada la sociedad; más aún, porque el dictado de la resolución que ponga fin a ese procedimiento, así como el resto de consecuencias destacadas por el quejoso, tales como necesariamente se determinará que sí ha lugar a proceder penalmente en su contra, así como que la sociedad lo señalará como una persona que comete actos contrarios a la ley, etcétera, son actos futuros e inciertos en virtud de que de autos se advierte que faltan por concluir diversas etapas del procedimiento y el dictado de la eventual resolución final; por tanto, dado lo anterior, lo correcto es declarar fundado el agravio y negar al quejoso la suspensión definitiva que solicitó.”
“…lo que prevalece es el interés social de que se resuelvan todas las cuestiones relacionadas al esclarecimiento de los hechos que pudieran configurarse como delito y el adecuado desempeño de los servidores públicos que trasciende en el correcto funcionamiento del sistema de gobierno, lo cual no se prejuzga en ningún momento.”
La sentencia del Segundo Tribunal Colegiado fue posible después de una serie de recursos presentados por García Chávez, entre ellos un incidente por supuesta falsedad de firma de Leopoldo Domínguez, o solicitar que su caso fuera estudiado por otro Tribunal e, incluso, que se remitiera a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mismos que no prosperaron.
Según se explicó, fueron tales las expresiones del magistrado administrativo, que llegó a argumentar que si se realizara una prueba pericial se podría constatar la existencia de elementos de carácter psicológico y lingüístico que demostrarían que los integrantes del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito tienen animadversión en su contra.
El fallo contó con votación unánime de los magistrados Carlos Alberto Martínez Hernández y Fernando Rochín García, así como Ricardo Armando Aguilar Sánchez, secretario en funciones de magistrado.
Resuelta la negativa de la suspensión definitiva, el Congreso del Estado, una vez que sea notificado, podrá continuar con el trámite con miras a decidir si retira el fuero al magistrado administrativo.
Cabe precisar que la Cámara de Diputados no prejuzgaría sobre la situación de García Chávez, puesto que, en dado caso, quien le formularía imputación sería la Fiscalía General del Estado ante un juez de control.
Mundito es investigado por delitos como enriquecimiento ilícito, probablemente cometidos durante la época que fue secretario técnico del gobernador Roberto Sandoval Castañeda, quien cuenta con varias órdenes de aprehensión.
* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza.
“Mundito” podrá ser desaforado; Tribunal Colegiado le niega suspensión de amparo
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