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Congreso publica ‘de volada’ decretazo para promoción de revocación de mandato en el DOF

Las modificaciones de los artículos de la Ley Federal de Revocación de Mandato fueron aprobadas por el Congreso el mismo día que en el Senado.

Funcionarios públicos, incluyendo al presidente Andrés Manuel López Obrador, podrán opinar y promover la consulta de revocación de mandato, esto debido a que el Congreso de la Unión publicó el decreto que interpreta el alcance del concepto de propaganda gubernamental, mismo que había sido aprobado en el Senado de la República este jueves.

A través del Diario Oficial de la Federación se decretó la modificación de los artículos 449, numeral 1, incisos b, c, d y e de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 33, párrafos quinto, sexto y séptimo y 61 de la Ley Federal de Revocación de Mandato.

El decreto recalca que “no constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”.

“Tampoco constituye propaganda gubernamental la información de interés público, conforme al artículo 3, fracción XII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que debe ser difundida bajo cualquier formato por las personas servidoras públicas”, establece el decreto del Diario Oficial de la Federación.

En su segundo artículo subraya que la obligación de las personas servidoras públicas de la Federación, para aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad consistirá en:

  • La aplicación de recursos públicos, entendidos como la instrucción a personas servidoras públicas subordinadas por el cargo que se ejerce.
  • La aplicación de recursos financieros para el pago directo de, o la ocupación de cualquier tipo de bien material propiedad pública bajo su cargo o con acceso a éste, de manera absolutamente ajena a la realización de reuniones públicas, asambleas, marchas.
  • Aquellos actos que impliquen apoyo a personas aspirantes, precandidatas, candidatas o a partidos políticos antes, durante o después de campañas electorales, además de las que mencionen expresamente ambas leyes.

Por último, en su tercer artículo ordena que “las sanciones aplicables a las autoridades o personas servidoras públicas de cualquiera de los poderes... deberán ser aplicadas bajo el principio de estricto derecho. No podrán aplicarse sanciones por analogía o mayoría de razón”.

Esta reforma modifica los alcances del concepto de propaganda gubernamental, principio de imparcialidad y aplicación de sanciones contenidas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en la Ley Federal de Revocación de Mandato.

El decreto se hizo oficial luego de semanas de alegatos públicos entre Andrés Manuel López Obrador y legisladores con el Instituto Nacional Electoral sobre la interpretación de los alcances de la propaganda gubernamental.

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