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Corte IDH
Caso Garzón Guzmán vs. Ecuador.

Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Ecuador por la desaparición forzada de un escritor.

El estado de Ecuador aceptó los hechos y reconoció su responsabilidad internacional.

12 de octubre de 2021

La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable al Estado de Ecuador por la violación de los derechos reconocidos en los artículos 3, 4.1, 5.1, 5.2 y 7 de la Convención Americana y de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

El caso se refiere a la desaparición forzada de César Gustavo Garzón Guzmán, ocurrida el 10 de noviembre de 1990 en Quito. Como consecuencia de la instalación de una Comisión de Verdad en el año 2007, con el fin de investigar las violaciones de derechos humanos ocurridas entre 1984 y 1988, se determinó que la desaparición de la víctima fue una desaparición forzada a manos de la Policía Nacional.

El Estado de Ecuador aceptó los hechos tal como se describen en el Informe de Fondo de la CIDH, y se allanó a las pretensiones de esta. En virtud de lo anterior, la Corte advierte que no existe controversia respecto de los hechos, de las violaciones, ni de las medidas de reparación.

Con ocasión del pronunciamiento, la Corte recordó los elementos que constituyen la desaparición forzada, a saber: la privación de la libertad; la intervención directa de agentes estatales o la aquiescencia de estos, y la negativa a reconocer la detención o la falta de información sobre la suerte o el paradero de la persona. Sin embargo, no consideró necesario pronunciarse detenidamente sobre la materia, atendido al reconocimiento de responsabilidad internacional efectuado por el Estado ecuatoriano.

Sin perjuicio de lo anterior, el fallo constato que el Estado vulneró el deber de iniciar de oficio y llevar a cabo con la debida diligencia las investigaciones; el deber de debida diligencia en las labores de búsqueda del Garzón Guzmán y la violación del deber de adoptar disposiciones de derecho interno. Asimismo, consideró que las autoridades nacionales vulneraron la garantía de plazo razonable y el derecho a conocer la verdad.

La Corte IDH ordenó al Estado de Ecuador adoptar, entre otras, las siguientes medidas de reparación: realizar, a la mayor brevedad, una búsqueda rigurosa, sistemática y con los recursos humanos y económicos adecuados, en la que realice todos los esfuerzos para determinar el paradero de César Gustavo Garzón Guzmán; continuar y llevar a cabo, en un plazo razonable y con la mayor diligencia, las investigaciones que sean necesarias para identificar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de la desaparición forzada; y, realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.

Vea texto de la sentencia.

 

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