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REGISTRO PÚBLICO PROVINCIAL DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS (RPPVAP)

El Registro Público Provincial de Villas y Asentamientos Precarios (RPPVAP) creado en el marco de la Ley 14449 se concibe como la herramienta única y centralizada de relevamiento y captación de datos para la implementación del “régimen de integración socio-urbana de villas y asentamientos precarios” (artículo 28). Es una herramienta de actualización periódica y de construcción progresiva, que integra información social, catastral, dominial, urbana y de antecedentes de intervenciones pública en cada uno de los barrios inscriptos. Su elaboración permite sistematizar y avanzar en un diagnóstico más preciso para definir las políticas de regularización dominial e integración socio urbana de los barrios informales de la provincia de Buenos Aires, elaborando proyectos de actuación de acuerdo a su perfil socio urbano, y considerando los instrumentos y encuadres legales existentes.

El período de elaboración y completamiento comprendió desde mediados de 2014 a fines de 2015, implicando diversas tareas necesarias para cumplimentar con los tiempos establecidos por la Ley. La información se integra y materializa a partir de un sistema de Información Geográfica y una aplicación web, que posibilita la administración, visualización y consulta de los folios barriales.

La identificación de la tipología de los barrios a incorporar en el Registro surge del artículo 27 de la Ley 14.449:

  • Villas »

    Urbanizaciones o autourbanizaciones informales producto de ocupaciones de tierra urbana vacante o de la afectación de tierras fiscales por el Estado para asentar a las familias provisoriamente, cuyas características son tramas irregulares (no son barrios amanzanados sino organizados en intrincados pasillos), viviendas construidas con materiales precarios, alta densidad poblacional, escaso o nulo espacio verde e infraestructura autoprovista.

  • Asentamientos Precarios »

    Barrios informales (en términos dominiales) con trazados urbanos que tienden a ser regulares y planificados, y que generalmente (aunque no de modo excluyente) cumplen algunas de las siguientes características: son decididos y organizados colectivamente, los ocupantes buscan legitimarse como propietarios, las viviendas tienen algún grado de firmeza y su ubicación puede encontrarse en tierras degradadas.

  • Otros »

    La complejidad de la realidad urbana-habitacional, exigió abrir una tercera categoría que se denominó “Otro” con el objetivo de incluir una serie de barrios con situaciones particulares que conforman parte de la misma problemática.
    En esta tipología los casos más típicos incluidos son: mixtura entre villa/asentamiento para dar cuenta de aquellos casos que presentan una combinación de tramas urbanas asociados a los diferentes momentos históricos de formación y del proceso de expansión del barrio; villa o asentamiento urbanizado (en forma parcial o completa) utilizada en aquellos barrios con intervención del Estado en programas de urbanización integrales que hayan modificado en forma concluyente sus niveles de consolidación e integración socio-urbana; asentamiento histórico consolidado o semiconsolidado hace referencia a asentamientos que por su nivel de consolidación en los materiales constructivos y el grado de presencia de servicios no se diferencia sustantivamente de los barrios lindantes, a pesar de lo cual persisten irregularidad en la titularidad del dominio; loteo “clandestino” o loteo “pirata” se vincula con situaciones de irregularidad dominial asociada al mercado de compra-venta informal dirigidos a sectores populares, donde un actor “intermediario” (sin ser el titular del dominio) promueve el loteo. Dichas operaciones pueden estar o no vinculadas con la venta de “derecho posesorio” o la posterior reivindicación de los mismos; conjunto habitacional “tomado” se utiliza para hacer referencia a conjuntos de vivienda construidos por el Estado, que sin contar con el final de obra fueron ocupados de forma precaria por hogares que sufren situaciones de déficit habitacional; situaciones de informalidad dispersa, esta denominación es utilizada para designar zonas que presentan irregularidad dominiales en algunos lotes pero no en la totalidad del barrio, donde frecuentemente se combinan tomas de tierra individual (o atomizada) con mercados de cesión de “derecho posesorio”. Son situaciones frecuentemente asociadas a la ocupación progresiva de loteos remanentes subdivididos con anterioridad a la sanción de la ley 8912/77.

Para cualquier duda o consulta al (0221) 427-2266 Interno 157 / correo electrónico: registrovillasyasentamientos@gmail.com