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Tu Beca, en nueve pasos (Andalucía)

Tu beca, en nueve pasos (Andalucía)

1. Presenta tu beca... ¡y hazlo cuanto antes!

Aunque aún no sepas qué vas a estudiar ni qué notas sacarás este curso, necesitamos que aportes algunos datos provisionales con respecto a los estudios que prevés realizar el curso que viene. Más adelante podrás modificarlos. Quizás te pidamos adjuntar algún documento, por eso, prepara el borrador con tiempo suficiente.

Una vez completada la solicitud, te dará la opción de presentarla. Ten en cuenta que:

  • Si todo está correcto, podrás descargar el justificante como garantía de la presentación de la Beca. En la sede electrónica del Ministerio competente en materia de educación aparecerá el mensaje 'presentada'.
  • Si tu solicitud se queda en estado 'borrador', no podrá ser tramitada. Comprueba si te falta algún dato.
  • Si usted se encuentra en alguna de las situaciones siguientes tendrá que presentar la documentación que se especifica en el resguardo de su solicitud. Dicha documentación se presentará a través de la Secretaría Virtual de los centros docentes de la Junta de Andalucía, en el trámite denominado: 'Documentación adjunta a la solicitud de beca general 2024-2025'.
    • Si su unidad familiar ha percibido ingresos en el extranjero, que no hayan sido declarados en España, en el ejercicio anterior al que se realiza la convocatoria de beca. Para el curso escolar 2024-2025 el ejercicio económico será 2023.
    • Si algún miembro de la unidad familiar debe presentar declaración de la renta correspondiente al año anterior al que se realiza la convocatoria de beca en el País Vasco. Para el curso escolar 2024-2025 el ejercicio económico será 2023.
    • Si usted ha declarado ser unidad familiar independiente.
    • Si no ha podido validar el NIF/NIE de alguno/s de los miembros computables de su unidad familiar.
    • Si en su unidad familiar no está incluido un progenitor.
  • Si tienes dudas, consulta la sección de Preguntas frecuentes y los vídeos.

Si, a pesar de todo necesitas más información, ponte en contacto con nosotros.

También puedes hacer uso de los servicios que ofrece el Ministerio competente en materia de educación.

Recuerda: Debes presentar la solicitud en el plazo que te hemos indicado anteriormente.

Fuera de este plazo no admitiremos solicitudes de Beca.

El ALUMNO/A siempre debe ser el TITULAR o COTITULAR de la cuenta corriente consignada en la solicitud. Para más información con respecto a la cuenta corriente: Altas cuentas corrientes.

2. Comprobamos si reúnes algunos de los requisitos y los datos son correctos

De esto se encarga la Unidad de Becas que te corresponda. Es posible que te pidamos algún documento más. A continuación, se consultará a la administración tributaria los datos económicos para la concesión de la beca.

3. Te informamos si reúnes los requisitos económicos

Te avisaremos por correo electrónico y SMS para que entres en la web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía y consultes  si reúnes o no los requisitos económicos. Te daremos instrucciones para continuar el proceso, y un plazo para que puedas entrar nuevamente en tu solicitud a modificar algunos datos a través de la  sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

  • Si reúnes los requisitos económicos, para obtener Beca deberás cumplir otros requisitos, de tipo general y académico. Puedes consultar cuáles son en el Portal de Becas del Ministerio o en la propia convocatoria.
  • Si no reúnes los requisitos económicos y consideras que ha habido algún error, te informaremos del plazo que tienes para presentar alegaciones y el portal web donde realizarlas.

4. Si quieres modificar datos académicos de tu solicitud o hacer alegaciones,  te informaremos del plazo en “Consultas Becas “ (probablemente será en septiembre)

Recuerda que debes revisar la información de tipo académico que anotaste en tu solicitud. Si ha variado, tendrás que corregirla en este plazo.

Si no reúnes los requisitos económicos, puedes alegar en este plazo. Para hacerlo debes entrar en la solicitud, en un apartado específico que para ello habilite el Ministerio de Educación y Formación Profesional en su sede electrónica.

Si alegas, y además tus datos académicos han cambiado, recuerda que también debes actualizar en este mismo plazo dichos datos académicos.

Para informarte o familiarizarte con algunos conceptos puedes consultar el Portal de Becas del Ministerio.

5. Comprobamos los requisitos académicos

Si reúnes los requisitos económicos, comprobaremos tu información académica. Si cumples todos los requisitos, te asignaremos las cuantías de Beca que te correspondan.

6. Resolvemos tu solicitud (Resolución provisional)

Te enviaremos un correo electrónico y un SMS para que accedas a “Consultas Becas”  y compruebes si te corresponde o no la Beca.  Si no estás de acuerdo, podrás reclamar presentando alegaciones dentro del plazo que se establezca a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

7. Recibes el importe de la Beca

Una vez que se haya emitido la credencial de resolución provisional, abonaremos en tu cuenta la cantidad que te corresponda: más información sobre las cuentas corrientes.

La Beca tiene una parte fija y otra variable, por lo que es posible que recibas varios pagos. Además, la cuantía variable también puede dividirse en dos pagos, por eso aconsejamos no modificar la cuenta corriente donde quieres que se haga el ingreso, ya que esto podría demorar el pago).

Ten en cuenta que el importe tardará al menos unas semanas en abonarse en tu cuenta desde que recibes la notificación.

8. Publicamos la Resolución definitiva de personas beneficiarias y la cantidad asignada

La Resolución definitiva de tu Beca no se comunicará de forma individual. Simplemente, se publicará en el Portal de Becas de la web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía y tu podrás ver en “Consultas Becas”  tu credencial definitiva con las cuantías concedidas.

Ten en cuenta que una vez publicada la Resolución definitiva:

  • Tienes un mes a partir del día siguiente de esta publicación para presentar recurso administrativo, a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Educación y Deporte.
  • Dos meses para presentar recurso judicial , si no estás de acuerdo con la desestimación o con las cuantías que se te han concedido.

9. ¡Suerte en tus estudios!

La Beca es un derecho que tú tienes y que recibes gracias a las aportaciones de todos los contribuyentes.

Recuerda que disfrutar de una Beca te compromete a unas mínimas obligaciones que puedes consultar en los artículos 40 al 46 de la convocatoria.

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