Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Responsabilidad penal de las personas jurídicas: programa de cumplimiento efectivo de la empresa y delitos fiscales

  • Autores: María Luisa Fernández de Soto Blass
  • Localización: Documentos - Instituto de Estudios Fiscales, ISSN 1578-0244, Nº. 11, 2019 (Ejemplar dedicado a: VII Encuentro de Derecho Financiero y Tributario : "Una estrategia global al servicio de la reducción de la conflictividad en materia tributaria")
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • La Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio, de reforma del Código Penal, introdujo en la legislación penal española una de las modificaciones más sustanciales en el Derecho Penal Tributario, con la introducción del artículo 31 bis CP que puede minimizar la conflictividad tributaria. La responsabilidad penal de las personas jurídicas se recoge en un estatuto o un cuasi Código Penal de las personas jurídicas. Este estatuto abarca el ámbito subjetivo, ámbito objetivo, delitos fiscales que activan esta responsabilidad penal y, el sistema de penas previstas para las personas jurídicas penalmente responsables. Estudiamos el Programa de Cumplimiento Efectivo de la Empresa, del Modelo de Prevención del Delito, de la normativa interna, del Código Ético de la Empresa, la misión, visión y valores de la empresa, Organigrama de la Empresa, del Órgano de Compliance Officer de la empresa y el canal de denuncias Únicamente puede exigirse responsabilidad penal a una persona jurídica respecto de aquellos delitos en que expresamente así se haya previsto en las disposiciones del Código Penal. Desde el punto de vista tributario nos interesan entre otros: los delitos de defraudación contra la Hacienda Pública y la Unión Europea, el delito contable, estafas, blanqueo de capitales, contrabando, que enunciamos.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno