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Vie, Abr

Parteaguas por foto de un detenido con franja negra en los ojos; la imagen ya fue retirada

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* Un Juzgado de Distrito advierte que aunque no se indicó nombre y rostro completo, es palpable encontrar reconocimiento con un grado suficiente de exactitud.

 

El Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo Penal en Tepic, recién ha resuelto el juicio de un individuo que hace unos meses fue detenido en cumplimiento de una orden de aprehensión y cuya fotografía, con una franja negra tapándole los ojos, se divulgó a la opinión pública por parte de la Fiscalía General del Estado (FGE).

La resolución del amparo 255/2020 podría sentar un precedente en Nayarit, dado que, se observa, no es difícil el reconocimiento del quejoso.

Se podría estar ante un parteaguas para que futuras fotografías de personas detenidas tengan una mayor distorsión de la cara.

Cuando fue presentado el amparo, se concedió una suspensión para que el Departamento de Difusión de la Fiscalía retirara la foto de su portal de Internet.

 

Así se explica en la resolución del juez Cuarto de Distrito José Armando Zozaya Solórzano:

“…con la exposición de que fue objeto el impetrante, se trastocó de manera directa el status quo de inocente que gozan los gobernados dentro del territorio nacional, al compartir su información personal, esto es, nombre, fotografía y situación jurídica, ya que si bien, existe una resolución dictada en su contra, tal circunstancia no autoriza la reproducción de sus datos personales, pues no debe de perderse de vista que una orden de aprehensión es una de las diversas forma de conducción del imputado al proceso (…)

“Situación que conlleva a generar una percepción estigmatizante en contra del amparista, al crear una imagen negativa de su persona…”

Y sigue anotando:

“Además, cierto es que de la publicación reclamada no se plasma su nombre completo y tampoco sus rasgos fisionómicos en su totalidad, al encontrarse una franja negra a lo largo de sus ojos. Sin embargo, ello no es obstáculo para lograr su identificación, ya que de la aludida publicación es palpable encontrar un reconocimiento con un grado suficiente de exactitud, al estar sin distorsión alguna parte de su cabeza, frente, pómulos, nariz, boca, mejillas, mentón, cuello y parte de su pecho.”

 

En esas condiciones, la concesión del amparo fue para que el respectivo Departamento de Difusión “se abstenga de realizar cualquier tipo de publicación o difusión de la información relativa a los datos personales y la situación jurídica del impetrante, hasta en tanto se decrete sentencia condenatoria firme en el proceso penal que se instauró en su contra, de conformidad con el principio de presunción de inocencia y con los derechos a la intimidad y privacidad que ostenta el quejoso.”

La resolución únicamente beneficia al directo quejoso, sin embargo, como ya se anotó, podría sentar precedente para que haya una mayor distorsión de las fotos de personas detenidas.

(La imagen no corresponde a este caso concreto)

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit. 

 

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