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Cortes

'Reforma de la justicia debe ser la descongestión de la Rama Judicial’

Álvaro Namén Vargas, saliente presidente del Consejo de Estado.

Álvaro Namén Vargas, saliente presidente del Consejo de Estado.

Foto:Archivo particular

El saliente presidente del Consejo de Estado, Álvaro Namén, habló en entrevista con EL TIEMPO.

El saliente presidente del Consejo de Estado, Álvaro Namén Vargas, habló con EL TIEMPO sobre los cambios que tuvo esa alta corte en el último año en medio de la pandemia y los procesos claves para este 2021.
También se refirió al proyecto de reforma de la justicia que presentó el Ministro de Justicia Wilson Ruiz, así como a la propuesta que elevó ante el Congreso el exprocurador general Fernando Carrillo para reformar las sanciones disciplinarias del Ministerio Público a los elegidos por voto popular. 
¿Cómo fue este último año en el que casi por completo el Consejo de Estado trabajó en remoto?
La pandemia generada por la Covid-19 y las medidas adoptadas para enfrentarla aceleraron la implementación de las tecnologías de la información y las comunicaciones -TIC- en la actividad judicial, para evitar su paralización. Todo un verdadero reto, teniendo en cuenta los escasos recursos de inversión que se asignan para esta actividad.
Los servidores judiciales continuaron trabajando desde sus casas y, para el efecto, el Consejo de Estado desarrolló un sistema informático llamado SAMAI, que permite que cualquier trámite judicial que antes requería de la presencia del usuario en las sedes físicas pueda cumplirse de manera remota. También se adoptó la ‘Ventanilla virtual’ para usuarios.
Estas medidas no solo han garantizado el servicio sin poner en riesgo la vida y la salud de usuarios y servidores, sino que lo han hecho más eficiente. En efecto, en el año 2020, el Consejo de Estado aprobó un total de 15.511 providencias que se desagregan del siguiente modo: 12.109 sentencias y 3.402 autos. La Sala de Consulta y Servicio Civil, que es la encargada de cumplir la función consultiva, aprobó 223 decisiones, entre conceptos y conflictos de competencias. Si se tiene en cuenta que en el año 2019 el número total de providencias aprobadas fue de 10.836 y en el 2018, 9.457, los resultados del año anterior demuestran un aumento significativo en la producción.
¿Los sistemas de reunión y decisión virtuales como SAMAI se mantendrán tras la pandemia?
Toda crisis apareja oportunidades y progresos antes impensables. El Consejo de Estado diseñó el sistema informático llamado SAMAI, que permite que las notificaciones, la firma de los expedientes y otros trámites de cada proceso judicial se realicen a través de instrumentos electrónicos. Es tal su funcionalidad, que se tiene prevista su implementación en tribunales y juzgados administrativos.
Quiero destacar que esta iniciativa del Consejo de Estado es pionera en la Rama Judicial y fue premiada por la Corporación Excelencia en la Justicia como mejor práctica judicial.
Naturalmente, estas ventajas no pueden ser desaprovechadas. En definitiva, en el Consejo de Estado estamos convencidos de la necesidad de avanzar en la transformación digital para garantizar el derecho fundamental a una buena administración de justicia, razón por la cual, una vez regresemos al trabajo presencial, no se dejarán de usar las plataformas y sistemas informáticos.
En el 2021, ¿qué decisiones claves vendrían en el Consejo de Estado?
Para el Consejo de Estado todas las decisiones son claves, pues todas comprometen el disfrute de los derechos de los ciudadanos y, en términos generales, la eficacia del principio del Estado Social y Democrático de Derecho.
Entiendo, en cualquier caso, que algunos procesos despierten un especial interés en los medios de comunicación. Está pendiente la revisión de legalidad de algunos decretos que fueron expedidos por el presidente de la República en el marco de la pandemia, como los que decretan las medidas de aislamiento y limitan la libertad de circulación en la cuarentena.
También hay una serie de demandas que se han interpuesto con ocasión de la elección y posesión de varios altos funcionarios del Estado. Sobresalen las acciones de nulidad electoral interpuestas contra la elección del Fiscal General de la Nación, del Defensor del Pueblo y, más recientemente, de la Procuradora General de la Nación.
Está pendiente de ser decidida la demanda interpuesta contra el acto administrativo que dio por archivado el proceso de reforma constitucional que creaba las curules para las víctimas en el marco del proceso de paz.
Además, entendemos que la administración, defensores del medio ambiente, la academia, actores estratégicos del mercado, entre otros, están expectantes frente a la forma como se resuelva la demanda contra la reglamentación del fracking; en ese caso, en cuestión de días será presentado el proyecto de fallo por parte del ponente, para que la Sección Tercera tome una decisión definitiva.
La Sala de Consulta y Servicio Civil también adoptará decisiones de gran trascendencia. No es posible, lastimosamente, hacer alusión a ellas, debido a que están sometidas a reserva.
¿Qué opina del proyecto de reforma que presentó el exprocurador Fernando Carrillo sobre las sanciones disciplinarias a elegidos por voto popular?
La adecuación del ordenamiento jurídico interno a los parámetros consagrados en el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos es una tarea que debe adelantarse cuanto antes, porque así lo advirtió recientemente el propio organismo del sistema interamericano de Justicia.
En el año 2017 el Consejo de Estado, mediante sentencia, exhortó al Gobierno Nacional, al Congreso de la República y a la Procuraduría General de la Nación para evaluar y adoptar las medidas que fueren pertinentes, en orden a armonizar el derecho interno con el convencional y, de esta manera, dar plena vigencia a los preceptos del referido artículo 23 de la Convención Americana. Esta solicitud fue reafirmada recientemente por la Sala de Consulta y Servicio Civil, al resolver el conflicto de competencias entre la Procuraduría General de la Nación y la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista del Senado de la República para continuar la investigación disciplinaria contra el senador Eduardo Pulgar.
Por lo tanto, toda iniciativa dirigida a realizar los mandatos anteriores, que garantice los derechos fundamentales y contribuya una efectiva lucha contra la corrupción, es bienvenida. El Consejo de Estado estará presto a participar y contribuir en la discusión que se adelante en el Congreso de la República sobre la manera como la Procuraduría podría seguir ejerciendo su función constitucional de control disciplinario a los funcionarios elegidos por voto popular, sin desconocer las exigencias de la Convención Americana de Derechos Humanos.
A propósito del episodio con la magistrada Araújo, quien presentó unos documentos no aprobados que fueron notificados a las partes de la demanda contra la elección del Fiscal Francisco Barbosa, pese a que no era la ponente. ¿Hay algún tipo de división en el alto tribunal o hay algunos magistrados que jalan para su propio lado, por así decirlo?
El proceso al que hace referencia es de conocimiento de la Sección Quinta, que deberá decidir si el periodo del fiscal es personal, o, por el contrario, institucional, tal como lo solicitan los demandantes. Ese evento al cual se refiere la pregunta fue aclarado en su momento, una vez verificado el trámite. Se trató de un error excusable, por cuanto se envió un documento a través del sistema que no correspondía, pero esto luego se subsanó.
Debo señalar que el Consejo de Estado es un cuerpo colegiado, en el que, como toda organización, pueden presentarse distintas posturas jurídicas. Sin embargo, ello no afecta el trabajo armónico y mancomunado de la Corporación.
¿Han analizado la propuesta de reforma a la justicia que a final del año pasado presentó el Ministro de Justicia? ¿Cómo la ven?
El Consejo de Estado reitera, como ha sido constante en todos los procesos de reforma a la justicia emprendidos desde el año 2010, que su máximo interés es que tales reformas tengan el propósito de garantizar pronta y cumplida justicia para cada persona en el país, sobre la base de respetar la autonomía de la Rama y la independencia judicial.
En este sentido, el mandato constitucional de democracia participativa exige que las altas cortes -amén de otros múltiples actores-, deban ser oídas como cabeza de las jurisdicciones y conocedoras de la función de administrar justicia. Una reforma a la justicia es insustancial si no aborda cambios de fondo a la administración y gobierno de la Rama, en dirección a fortalecer la autonomía real de la Rama Judicial.
Ahora, la demanda de justicia desde 1991 ha crecido en un 278%, mientras el aparato jurisdiccional no ha crecido ni siquiera en un 38%. Esta desigualdad hace que el número de procesos que ingresan tengan un índice de evacuación inferior al que se requiere y se genere así la denominada congestión judicial, lo cual no permite que podamos ejercer nuestra función con la celeridad, la oportunidad y la prontitud que se requieren. Colombia está lejos de cumplir el estándar internacional de número de jueces frente a la población. Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), los países deben tener 65 jueces por cada 100.000 habitantes y el nuestro apenas alcanza a 11 jueces por esa población.

La demanda de justicia desde 1991 ha crecido en un 278%, mientras el aparato jurisdiccional no ha crecido ni siquiera en un
38 %

Nos parece entonces que la reforma a la justicia es la gran descongestión de la Rama Judicial –que hoy bordea el 50 por ciento-, en la que exista un plan, unas herramientas y unos recursos técnicos suficientes para los jueces. Para esto, es fundamental para la Rama Judicial contar con un presupuesto que sea sostenible, contar con lo mínimo para trabajar cada año, sin tener que librar pujas para que la administración cumpla con las expectativas, que no surgen por capricho de los administradores de Justicia. En pocas palabras, necesitamos una garantía de financiación de nuestro presupuesto y que seamos autónomos para administrarlo.

En pocas palabras, necesitamos una garantía de financiación de nuestro presupuesto y que seamos autónomos para administrarlo

El Consejo de Estado reitera su voluntad de trabajo para que la justicia mejore su funcionamiento y bajo este propósito ha examinado el proyecto de reforma puesto en consideración por el Ministro de Justicia, de manera que cuando sea convocada para exponer su criterio, acudirá a las instancias que correspondan.
¿Cómo han avanzado los trabajos para reformar el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y qué espera el Consejo de Estado que salga de esto?
El proyecto de reforma a la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es fruto del trabajo de varios años en los cuales se recopilaron todas las inquietudes y observaciones que se han generado desde la vigencia del código, presentadas por los miembros de la jurisdicción, abogados y académicos en diversos foros y seminarios. Se presentó conjuntamente con el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Justicia y del Derecho, y se aprobó por el Congreso de la República el pasado 16 de diciembre.
Estamos muy satisfechos con la reforma, pues el proyecto aprobado es el resultado de la colaboración armónica de las ramas del Poder Público y demuestra que cuando se trabaja en aras del bien común, como es la pronta y cumplida administración de Justicia, se consiguen resultados satisfactorios para nuestro país.
Con la reforma a la Ley 1437 de 2011, pretendemos fortalecer el papel del Consejo de Estado como tribunal supremo de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo (JCA) y órgano de unificación, agilizar el trámite de los procesos y reducir la congestión en la JCA, resolver algunas antinomias y ambigüedades presentes en el Código, incentivar el uso de las TIC en el procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo y, propiciar un mayor acercamiento de la jurisdicción al ciudadano.
REDACCIÓN JUSTICIA
Twitter: @JusticiaET
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